CÓDIGO Y CONDICIONES PARA LOS PROVEEDORES

1. OBJETIVO

THERMOWASTE considera a sus proveedores, contratistas y colaboradores externos parte indispensable para la consecución de sus objetivos de crecimiento y mejora de la calidad del servicio, procurando establecer con ellos relaciones basadas en la confianza y el beneficio mutuo.

El Código de Conducta para Proveedores de THERMOWASTE se entiende como una extensión del Código de Conducta de nuestra empresa y de nuestro Programa de Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Su finalidad es establecer las pautas mínimas que deben regir el comportamiento de proveedores, contratistas y colaboradores externos de acuerdo con la cultura corporativa y el sistema normativo de THERMOWASTE.

Los criterios reflejados en este Código no pretenden abarcar todas las situaciones o circunstancias que se puedan dar, sino establecer unas pautas generales que les guíen en la forma de actuar durante el desempeño de su actividad profesional.

THERMOWASTE se compromete a promover y fomentar entre sus proveedores, contratistas y empresas colaboradoras externas la adopción de prácticas acordes con las directrices incluidas en este Código, y pondrá los medios necesarios para que conozcan y comprendan este Código y puedan asumir su cumplimiento.

El cumplimiento de este Código es independiente del lugar del mundo en el que operen los proveedores, contratistas y empresas colaboradoras, sin perjuicio del cumplimiento de la legislación vigente en cada país.

Todos los proveedores, contratistas y empresas colaboradoras tienen la posibilidad de dirigirse confidencialmente, de buena fe y sin temor a represalias al Comité de Conducta y Cumplimiento de THERMOWASTE para comunicar cualquier incumplimiento de las pautas del Código de Conducta que observen en su desempeño profesional. También podrán consultar cualquier aspecto relacionado con nuestro programa de SAD.

Dicha comunicación podrá realizarse a través del canal SAD & Compliance habilitado a través del correo electrónico ods@thermowaste.com. Las comunicaciones recibidas serán tratadas de forma confidencial y de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente en materia de protección de datos.

El presente Código de Conducta recoge los compromisos derivados deL Pacto Mundial de las Naciones Unidas y la Política del Sistema Integrado de Gestión de THERMOWASTE.

2. DIRECTRICES SOBRE RESPONSABILIDAD SOCIAL

Derechos humanos: Los proveedores y socios de THERMOWASTE deben apoyar y respetar la protección de los derechos humanos internacionalmente reconocidos dentro de su ámbito de influencia y deben garantizar que no son cómplices de abusos de los derechos humanos.

Trabajo infantil: está prohibido emplear a niños en contravención de lo dispuesto en los convenios de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) (Convenio nº 138 de la OIT).

Trabajo forzoso y obligatorio: los trabajadores serán libres de rescindir la relación laboral respetando los plazos establecidos. En ningún caso el proveedor podrá recurrir al trabajo forzoso y obligatorio. Se considera trabajo forzoso y obligatorio cuando se exige a un individuo bajo amenaza y cuando el individuo no se ofrece voluntariamente (Convenios nº 29 y 105 de la OIT).

Libertad de asociación: los trabajadores tendrán derecho a asociarse libremente, a afiliarse a sindicatos y a designar representantes. El proveedor velará por que se respete la independencia y el pluralismo sindical (Convenios nº 87 y 135 de la OIT). El proveedor se compromete a promover la negociación colectiva como elemento central del diálogo social (Convenio nº 68 de la OIT).

Remuneración y beneficios sociales: Los proveedores, contratistas y colaboradores externos de THERMOWASTE remunerarán a sus empleados de forma adecuada, ajustada a sus competencias, responsabilidades y funciones, y alineada con la legislación aplicable y las condiciones de los mercados en los que operan. El proveedor reconoce el principio de igualdad de remuneración en relación con trabajadores de igual categoría profesional e igual rendimiento, en particular entre hombres y mujeres (Convenio nº 100 de la OIT).

Horarios de trabajo: los horarios de trabajo y descanso deben cumplir, como mínimo, la legislación vigente aplicable, las normas del sector empresarial o los convenios de la OIT, en función de cuál sea la normativa más estricta.

Trato justo: Se prohíbe la práctica o el apoyo del acoso físico, verbal, sexual o psicológico, el abuso o las amenazas en el lugar de trabajo. Las políticas y procedimientos disciplinarios se definirán y comunicarán debidamente a todos los empleados, y se adoptarán medidas para prevenir y remediar tales actos.

Discriminación e igualdad de oportunidades: Se prohíbe toda discriminación en la contratación y el desarrollo profesional basada en la cultura, la nacionalidad, el sexo, la religión, las convicciones políticas y sindicales, las diferencias de experiencia, los antecedentes profesionales, las características físicas, el embarazo, la edad, el estado de salud y la orientación sexual. (Convenio nº 111 de la OIT). Los proveedores, contratistas y colaboradores externos de THERMOWASTE promoverán la igualdad de oportunidades en la contratación, remuneración, acceso a la formación, promoción y desarrollo profesional.

Comunidades locales y pueblos indígenas: Los proveedores, contratistas y colaboradores externos de THERMOWASTE respetarán los derechos de las comunidades, incluidas las indígenas, en los lugares donde operen, comprometiéndose a que sus actividades no tengan un impacto negativo en las formas tradicionales de vida y trabajo de las personas que viven en sus áreas de operación.

Salud y seguridad: el proveedor se compromete a aplicar políticas eficaces de salud y seguridad en el trabajo basadas en la prevención y en forma de planes de acción y compromisos que impliquen a todos en función de su nivel de responsabilidad, incluidos los interlocutores sociales. (Convenio nº 155 de la OIT). Los trabajadores deben disfrutar de un entorno de trabajo sano y seguro que cumpla o supere las normas aplicables en materia de salud y seguridad en el trabajo. Garantizar que cualquier situación de riesgo potencial que pueda afectar a los trabajadores, clientes, usuarios y a la seguridad de las instalaciones sea notificada, evaluada y gestionada adecuadamente.

Medio ambiente: los proveedores, contratistas y colaboradores externos mantendrán un compromiso constante con la protección del medio ambiente y cumplirán las normas y requisitos establecidos en la legislación local e internacional aplicable. Integrarán criterios medioambientales en los procesos de negocio, nuevos proyectos, actividades, productos y servicios, así como en la selección y evaluación de sus proveedores. Se garantizará la prevención de la contaminación y la mejora continua.

3. DIRECTRICES DE ÉTICA EMPRESARIAL

Competencia leal: se mantendrán normas leales de negocios, publicidad y competencia y se ejercerá una fiscalidad responsable, presentando y pagando a tiempo las obligaciones fiscales y evitando la doble contabilidad.

Promociones y publicidad: Los proveedores, contratistas y colaboradores externos de THERMOWASTE pondrán el máximo cuidado en preservar la imagen y reputación de THERMOWASTE en sus actividades profesionales. Asimismo, velarán por que la imagen y la reputación de THERMOWASTE sean respetadas y utilizadas correctamente por sus empleados y subcontratistas. En la comercialización de productos y servicios deberán utilizar promociones o publicidad respetuosas con la dignidad humana, la salud y la seguridad, que no sean engañosas ni inciten a prácticas ilegales, peligrosas o contrarias a los principios de sostenibilidad y responsabilidad social.

Bienes y servicios de calidad y seguros: los productos y servicios suministrados por proveedores, contratistas y colaboradores externos deben cumplir las normas y parámetros de calidad y seguridad exigidos por la legislación aplicable, prestando especial atención al cumplimiento de precios y plazos de entrega.

Contratos: Tanto THERMOWASTE como sus proveedores, contratistas y colaboradores redactarán y perfeccionarán los contratos de acuerdo con los principios de transparencia, veracidad, confianza y buena fe. Asimismo, deberán evitar actuaciones abusivas derivadas de posibles posiciones de dominio. Se deberá facilitar información clara, completa y veraz sobre las características de los bienes y servicios, precios, presupuestos, garantías, seguros e impuestos.

4. ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO

Este Código de Conducta es de obligado cumplimiento para todos los proveedores, contratistas y colaboradores externos de THERMOWASTE.
Los proveedores, contratistas y colaboradores externos establecerán los mecanismos adecuados para la difusión de este Código entre sus empleados y especialmente entre aquellos que realicen trabajos para THERMOWASTE. Asimismo, serán responsables de que sus propios proveedores, contratistas y colaboradores externos estén sujetos a principios de conducta equivalentes a los de este Código de Conducta. THERMOWASTE espera un alto nivel de compromiso en el cumplimiento del Código de Conducta para Proveedores por parte de todos sus proveedores, contratistas y colaboradores externos. THERMOWASTE pondrá fin a las relaciones comerciales con los proveedores, contratistas y colaboradores externos que infrinjan las pautas de conducta definidas en el presente Código, especialmente las relativas a los derechos humanos y las prácticas corruptas.

5. VALIDEZ Y APROBACIÓN

Este Código de Conducta es aprobado por el Comité de SAD y Compliance. Será revisado periódicamente y a propuesta de las áreas de Compras, Cumplimiento, Medio Ambiente y Responsabilidad Social, que tendrán en cuenta las sugerencias y propuestas de proveedores y contratistas.

CGC (Condiciones Generales de Compras)

RMP (Requisitos Medioambientales Proveedores)